A través del Decreto 361/2024, publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno reglamentó parte de la Ley N° 25.065 de Tarjetas de Crédito, vinculados con el resumen de operaciones de los usuarios. Se busca lograr una “fuerte desregulación y simplificación” en ese mercado.
El Ejecutivo estableció que no deberá mediar oposición del usuario de las tarjetas de crédito cuando el envío del resumen mensual se realice de forma electrónica.
De esta manera, también indicó que, en el caso de no recibir el resumen, la entidad financiera podrá notificar al usuario sobre sus gastos a través de una comunicación telefónica, electrónica o similar, siempre y cuando se cumpla el cometido.
De hecho, en el considerando de la norma publicada este viernes, el Ejecutivo menciona que el decreto 70/2023 plantea que “se debe reconstruir la economía a través de la inmediata eliminación de barreras y restricciones estatales que impiden su normal desarrollo, promoviendo al mismo tiempo una mayor inserción en el comercio mundial”.
Entre otros puntos, ese decreto estableció que cualquier entidad, dentro de su objeto social, puede emitir tarjetas de crédito o hacer efectivo el pago. También obligó a las entidades emisoras a dar a conocer públicamente la tasa de financiación aplicada.