
El fiscal Adrián De Lillo y el asistente letrado Federico Gayós solicitaron que el camionero brasilero Carlos Arthur Da Silva, sea declarado responsable por el siniestro vial que provocó la muerte de Ezequiel, Lisandro, Martina y Taiel Linares, tras una maniobra imprudente y antirreglamentaria sobre la Ruta Nacional 40.
Durante el alegato de clausura, De Lillo remarcó que el hecho, ocurrido el 1 de junio de 2024, «no fue un accidente», sino consecuencia de una conducta antirreglamentaria. La fiscalía sostuvo que el conductor invadió el carril contrario pese a la doble línea amarilla que prohíbe el sobrepaso, generando la colisión frontal con la camioneta en la que viajaban las víctimas. La teoría fiscal fue respaldada por informes científicos, testimonios e imágenes recolectadas durante la investigación.
“La conducta imprudente generó un riesgo elevado”, subrayó De Lillo, quien solicitó que el acusado sea condenado por homicidio culposo agravado por la cantidad de víctimas fatales, conforme a los artículos 84 bis, 45 y 54 del Código Penal y a la Ley de Tránsito 24.449.
Los abogados querellantes, en representación de los familiares de las víctimas, adhirieron al pedido de la fiscalía. En tanto, la defensa del imputado, pidió su absolución o, de forma subsidiaria, que la eventual condena sea por homicidio culposo simple, sin el agravante de pluralidad de víctimas.
El tribunal encargado de dictar el veredicto, integrado por la jueza Leticia Lorenzo y los jueces Maximiliano Bagnat y Eduardo Egea, dará a conocer su decisión en las próximas horas.
De acuerdo a la investigación, el accidente ocurrió cerca de las 18 horas del 1 de junio de 2024, cuando el acusado conducía un camión con semirremolque desde Villa La Angostura hacia San Carlos de Bariloche. Al invadir el carril contrario de la Ruta Nacional 40, impactó de frente contra una camioneta que circulaba en sentido opuesto, provocando la muerte de Ezequiel Linares, Lisandro Linares, Taiel Linares y Martina Linares.