La titular del Juzgado Civil, Comercial y de Minería de la I Circunscripción Judicial, María Eliana Reynals, confirmó una multa millonaria impuesta a un supermercado por exhibir productos vencidos al público. La medida había sido dictada por la Dirección Provincial de Protección al Consumidor, luego de un operativo realizado el 18 de julio de 2024, en el que los inspectores detectaron mercadería fuera de fecha en las góndolas.
La sanción impuso una multa equivalente a cinco canastas básicas y la publicación de la infracción en un diario de gran circulación por un día. Pese al recurso del titular del comercio, la magistrada ratificó la disposición, destacando que el supermercado “debe ajustar su proceder a la normativa que regula su actividad y garantizar que los productos vencidos sean retirados de la comercialización”, dado que está comprometido el derecho a la salud de los consumidores.
El fallo se enmarca en la Ley Nacional de Defensa del Consumidor, cuyo artículo 5 establece que los bienes y servicios ofrecidos no deben representar peligro para la salud. En el ámbito provincial, la Ley 2268 prevé sanciones que pueden llegar hasta 2.100 canastas básicas, según la gravedad de la infracción. Reynals sostuvo que el órgano administrativo actuó dentro de su margen de discrecionalidad y que el monto impuesto “se encuentra debidamente motivado”.
La jueza valoró que la infracción genera “un perjuicio social y una afectación generalizada a la salud de consumidores potenciales”, en especial porque se trataba de productos de consumo masivo en los que los clientes depositan confianza al comprarlos. Con este fallo, la Justicia reafirma el deber de los comercios de garantizar la seguridad alimentaria y el cumplimiento de las normas de protección al consumidor.


